Nulidad de sentencia por falta de validez de acta de intervención policial sobre presunta banda criminal

DE JUSTICIA RECURSO DE NULIDAD N.° 656-2019
LIMA NORTE
Fundamento relevante:
Es por ello que, frente a lo argüido por la Sala Superior respecto
a “[…] que la intervención no fue un hecho circunstancial sino que
obedeció a una información previa recibida por la autoridad policial
respecto al desarrollo de una actividad ilícita que tendría lugar en el
inmueble intervenido” (folio 793), se debe estar de acuerdo con lo
indicado por los imputados respecto a cómo se realizó la
intervención, por no haberse respetado las garantías necesarias
para una intervención no flagrante, sino producto de una
información confidencial. ( Fundamento 4. 21)
«De esta manera, al no estar debidamente garantizada el acta
de intervención policial, como las diligencias policiales
posteriormente realizadas sin intervención fiscal –artículo 62 del
Código de Procedimientos Penales: la investigación policial previa que se
hubiera llevado a cabo con intervención del Ministerio Público, constituye
elemento probatorio–, no es posible emitir una sentencia
condenatoria únicamente con base en las declaraciones
preliminares de los policías intervinientes, contradichas por los
imputados y la ratificación de los peritos químicos en juicio oral,
respecto de los hallazgos supuestamente ubicados en el
domicilio intervenido (folios 739 a 744), circunstancia que
demuestra insuficiencia probatoria para condenar por delito
tan grave a miembros de una familia supuestamente dedicada
al tráfico de drogas y otros delitos vinculados a una banda
criminal.» ( Fundamento 4. 22)
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