TC. Declaran fundada habeas corpus, por notificación bajo puerta en domicilio procesal, vulnerando el debido proceso.

Fundamento relevante:
«En este caso, el demandante alega que durante el trámite del proceso penal la sentencia de vista de 21 de mayo de 2019 —que confirmó la condena impuesta en su contra—, no le fue debidamente notificada, impidiéndole interponer el correspondiente recurso de casación, pues le fue dejada en su domicilio procesal, bajo la puerta. Además, refiere que la citada sentencia no le fue notificada en su domicilio real. » (Fundamento 11)