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5 octubre 2024

Poder Judicial dispone que jueces realicen trabajo presencial

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Resolución Administrativa N° 000034-2022-CE-PJ, expedida por el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como el Oficio N° 00013-2022-PCSST-CE-PJ
cursado por el señor Consejero Vicente Espinoza Santillán, Presidente del Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, por Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la
emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario,
dictándose medidas de prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID19, la cual fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Supremos Nros. 020-2020-
SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA y 025-2021-SA; posteriormente,
mediante Decreto Supremo N° 003-2022-SA, se extendió dicha medida a partir del 2 de
marzo de 2022, por el plazo de ciento ochenta días calendario.
Segundo. Que, con la finalidad de mantener las labores en el Poder
Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 000034-2022-CE-PJ, el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, prorrogó hasta el 2 de marzo de 2022
la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos
jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del
aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y
prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante
Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución
Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se establecieron medidas
administrativas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos
durante dicho periodo.
Tercero. Que, a la fecha, el Gobierno Central anunció diversas medidas
para combatir la propagación del COVID-19, manteniendo algunas restricciones al
ejercicio de los derechos constitucionales, con el fin de proteger los derechos
fundamentales a la vida, integridad y salud de los/las peruanos/as; así como actualiza
los niveles de alerta por departamento y provincia.
Cuarto. Que, considerando el contexto actual de la pandemia del COVID19 en el país, es necesario adoptar las medidas preventivas para resguardar la salud de
jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los/las usuarios/as
del sistema judicial, y para garantizar la continuidad del servicio de justicia; por lo que
resulta pertinente el retorno a las labores presenciales luego de las vacaciones
judiciales; que comprenda la jornada y horario de trabajo del 3 al 31 de marzo de 2022,
y el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos.

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