Susana Villaran: Declaran infundado pedido de cese de prisión.

Fundamento jurídico relevante:
2.12.El Juzgado se encuentra autolimitado por predictibilidad para asumir el íntegro de las razones que se expuso al momento de resolver el cese de prisión preventiva del incidente de Richard James Martín Tirado, pues como se dejó expresamente señalado en ella, “se evalúa caso por caso atendiendo a sus particularidades”, y además, porque existía una enfermedad grave, que no se tiene en el presente caso para intensificar el grado de afectación por la fórmula del peso en el sub principio de proporcionalidad en atención al derecho a la salud vinculado a la vida con reconocimiento constitucional, sin perjuicio de ello, en cumplimiento y respeto a las exigencias supranacionales corresponde cursar inmediata comunicación a las autoridades penitenciarias para que adopten todas las medidas necesarias que garantice la salud de la procesada Villarán de la Puente, como evitar el contagio de COVID-19, conforme a los ítem 47 y 48 de la resolución N.°01/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.